Aunque no lo parezca –dado que tan a menudo algunos estados se lo pasan por debajo del arco de triunfo-, existe un Derecho Internacional y hay firmados cuatro Convenios de Ginebra, incluso puede hablarse de un “derecho internacional humanitario”. Desde este punto de vista, el conflicto israelí-palestino puede definirse como un “conflicto armado internacional” y esta definición tiene sus consecuencias. Se podrá argumentar en contra de lo dicho que Hamás (el grupo armado palestino que controla la franja de Gaza) es tan solo un grupo terrorista y, en efecto, así lo consideran tanto los EEUU como la Unión Europea, mas esa calificación de terrorista no afecta a la definición del conflicto. Estamos ante un “conflicto armado internacional” y por eso le son aplicables los cuatro Convenios de Ginebra y el así […]
Archivos diarios: 19 enero, 2009
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