El artículo 520 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) dice lo siguiente: “La detención deberá practicarse en la forma que menos perjudique al detenido en su persona, reputación o patrimonio”. ¿Con qué derecho ciertos funcionarios pisotean sistemáticamente ese artículo de la LECrim sin que nunca les pase nada? Que se sepa, jamás se ha abierto una sola investigación en pos de empapelar y juzgar a tanto filtrador como existe en los Juzgados y en la Policía. En el caso de Rodrigo Rato, las cámaras e incluso “el pueblo” ya estaban convocados antes de que él saliera de su casa hacia el coche que le llevaría al juzgado. El ojo mediático captó el humillante tratamiento y en la banda sonora se grabaron los gritos llamándole sinvergüenza. ¿Qué pintaban allí los agentes de aduana? […]
Archivos diarios: 27 abril, 2015
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