La judicatura

La elección, pactada entre PP y PSOE, de los miembros del Consejo General del Poder Judicial ha levantado ronchas en la opinión pública. Pero antes de seguir adelante conviene saber que la Constitución (artículo 122) señala que de esos 21 puestos 8 han de ser elegidos por las Cortes (4 por el Senado y 4 por el Congreso), pero este reparto fue ampliado por ley hasta el total del Consejo.

Las ronchas en el caso actual se deben, a mi juicio, más a la prepotente desfachatez de los “pactantes” que al pacto en sí. Solo a ellos se les puede ocurrir anunciar el nombre de quien presidirá el Consejo –y el Tribunal Supremo- sabiendo que han de ser los vocales del Consejo y no el Parlamento quienes elijan a su presidente. Anuncio que ha provocado –en un gesto que le honra- la renuncia del magistrado Marchena a esas presidencias.

En cualquier caso, cabe preguntarse qué forma de selección se puede ofrecer. ¿Que sean los propios jueces los que los elijan de forma gremial? No parece que la endogamia sea una buena solución.

La elección que se acaba de comentar ha coincidido con una huelga organizada por las asociaciones de jueces y fiscales. Para lo cual han redactado una tabla reivindicativa que en parte es laboral, pero también política “en defensa de la independencia judicial” y en contra de la elección parlamentaria del Consejo. Mas no parece que esa independencia judicial, que es una de las columnas capitales de la democracia, esté realmente en peligro.

Lo que sí parece peligroso es la politización de no pocos jueces y fiscales que vienen haciendo mangas y capirotes del artículo 127 de la Constitución, que reza así:

»Los Jueces y Magistrados así como los Fiscales, mientras se hallen en activo, no podrán desempeñar otros cargos públicos, ni pertenecer a partidos políticos o sindicatos.

O sea, que la Constitución prohíbe la existencia de sindicatos judiciales. ¿Y qué otra cosa son las politizadísimas asociaciones de jueces y fiscales que plantean plataformas reivindicativas y declaran huelgas? Son eso, sindicatos, y deberían estar prohibidas atendiendo al texto literal del citado artículo 127 de la Constitución Española.

Por otro lado, amable lector, ¿recuerda usted cuántos miembros de la Judicatura forman hoy parte del Gobierno de España?

Pues son, nada menos, que los ministros “intrascendentes” de Defensa, Interior y Justicia, que volverán a ejercer de jueces y fiscales cuando los cesen o dimitan. ¿Cabe mayor politización?

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